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El próximo día 1 de octubre se inicia  la fase de transición de la aplicación del Mecanismo de Ajuste de Carbono en Frontera ( MAFC )  

El R/UE 2023/956 determina que el MAFC consiste en un mecanismo de ajuste fronterizo del carbono que, cuando se aplique por completo obligará a los importadores de bienes de la UE a comprar certificados equivalentes al precio del carbono que deberían haber pagado si los bienes se hubieran producido según las normas de fijación de precios del carbono de la UE.

La referida norma legislativa establece una fase de transición, desde el 1 de octubre de 2023 hasta 1 de enero de 2026, durante la que los importadores de bienes sujetos a la norma deberán presentar informes con las emisiones de gases de efecto invernadero (“GEI”) causadas directa o indirectamente por sus importaciones, sin obligación de hacer ningún pago ni realizar ningún ajuste todavía. El Anexo IV del Reglamento incluye los métodos de cálculo.

El MAFC o CBAM, en un principio, sólo se aplicará a un determinado número de productos con alto riesgo de fuga de carbono:

  • hierro/acero
  • cemento
  • fertilizantes
  • aluminio
  • hidrógeno
  • electricidad

El mecanismo de control se aplicará a las emisiones directas de gases de efecto invernadero emitidos durante el proceso de producción de los productos de la lista, así como a las emisiones indirectas de un subconjunto de esos productos (es decir, cemento y fertilizantes).

Los responsables de comunicar la información serán los declarantes en aduana, es decir, el importador cuando presente la declaración aduanera en su nombre y por su propia cuenta, o el representante aduanero indirecto.

El objetivo de este periodo de transición es servir de periodo piloto y de aprendizaje para todas las partes implicadas (importadores, productores y autoridades) y recabar información sobre las emisiones incorporadas para perfeccionar la metodología del periodo definitivo. La Comisión de la Unión Europea (UE) ha publicado diferentes guías informativas al respecto y está desarrollando herramientas informáticas específicas para ayudar a los importadores y representantes aduaneros a realizar y notificar estos cálculos (https://cbam.ec.europa.eu/declarant).

La plena aplicación de la MAFC en enero de 2026 requerirá a los importadores:

  • estar autorizados como declarantes MAFC,
  • adquirir certificados MAFC para cubrir las emisiones de CO₂ generadas en la fabricación de las mercancías que importan y
  • declarar la cantidad de mercancías MAFC importadas (incluidas las emisiones de CO₂ incorporadas) antes del 31 de mayo del año siguiente a la importación.

Les mantendremos informados en próximas actualizaciones .

Normativa aplicable :

 

  • Reglamento (UE) 2023/956 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023 por el que se establece un Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono
  • Reglamento (UE) 2023/1773 de la Comisión de 17 de agosto de 2023 por el que se establecen las normas de desarrollo del Reglamento (UE) 2023/956 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las obligaciones de presentación de informes a efectos del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono durante el período transitorio